El plan prevé muchas medidas que afectan a muchos mercados, pero incide especialmente...
En un hito eclipsado por todo lo que vino después, a principios de marzo de 2020, la Comisión Europea adoptó un nuevo y muy específico “Plan de Acción para la Economía Circular”, uno de los principales elementos del Pacto Verde Europeo, que marca toda la política europea en favor del crecimiento sostenible. El plan tiene el objetivo loable y necesario de hacer compatible la capacidad competitiva de la economía europea y la constante mejora de la protección del medio ambiente, transformando la actual economía, esencialmente “lineal”, en un ciclo, en el que los materiales no salgan del proceso, reforzando la durabilidad de los productos, apoyándose en el ecodiseño, para conseguir que los residuos de unas empresas sean las materias primas de otras, que los materiales post-consumo se aprovechen con mucha mayor facilidad.
Para ello, el plan prevé muchas medidas que afectan a muchos mercados, pero incide especialmente en la necesidad de garantizar que se produzcan menos residuos, evitándolos en origen en primer lugar y, como segunda opción, fomentando su transformación en recursos secundarios de alta calidad, que se integren en un eficiente mercado de materias primas secundarias.
En la actualidad, esa segunda posibilidad que la Industria Química lleva poniendo en práctica desde siempre tropieza con la rigidez de la normativa y la práctica administrativa de gestión de residuos industriales, en la que aún con una oferta de compra del material en la mano, cambiar la calificación de un material de “residuo” a “subproducto” es una odisea. ¿Es posible compatibilizar el control administrativo de los residuos industriales con una eficiente y ágil aplicación de los principios de la economía circular?... pues la nueva ley de residuos, en discusión en las cortes españolas, y los gobiernos autonómicos nos lo tendrán que decir.
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